Decreto N° 2824-2020

Aprueba el Programa Provinical de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación de Cooperativas y Mutuales.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Última modificación: Decreto N° 3471-2024.-

Publicado en  el B.O. 3439 del 06-11-20.-

Dictado el 14-10-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 7356/20 caratulado: "MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA DE COOPERATIVAS Y MUTUALES S/CREACIÓN DE PROGRAMA PROVINCIAL DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA COOPERATIVAS Y MUTUALES"; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que la Ley Nº 3170 establece como competencia del Ministerio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos, intervenir en la promoción, asistencia y organización de cooperativas y mutuales, como así también en el régimen de su fiscalización;

 

          Que la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales, dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos resulta la autoridad local competente derivada de las Leyes Nº 20337 y 20321;

 

          Que resulta necesario que las Cooperativas y Mutuales matriculadas por ante el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Socail - INAES- y registradas ante la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales se ajusten a la normativa vigente y que cuenten con estrategias de minimización de inconvenientes institucionales y económicos;

 

          Que a tales efectos, resulta indispensable contar con un programa de asistencia, capacitación y fortalecimiento para las Cooperativas y Mutuales con el Objetivo principal de proporcionarles lo necesario para conformar las herramientas estratégicas y capacitaciones técnicas especificas acordes a sus necesidades;

 

          Que las Cooperativas y Mutuales son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para el logro de objetivos generales, colectivos y comunitarios, cumpliendo roles fundamentales en la sociedad que constituyen la base del interés público tutelado por toda la normativa;

 

          Que resulta fundamental para la subsistencia y progreso de las Cooperativas y Mutuales, arbitrar los medios idoneos para proporcionar asistencia y asesoramiento técnico a través de la paticipación de actores públicos y privados, nacionales, provinciales y municipales, como así también de organizaciones no gubernamentales;

 

          Que el presente programa comprende el desarrollo de múltiples acciones de asistencia y capacitación tendientes a la regularización y funcionamiento  legal de las Cooperativas y Mutuales, dirigidas además a lograr estrategias que optimicen sus recursos;

 

          Que la asistencia económica que demanda la creación y ejecución del Programa de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación provendrá de los Recursos derivados de la Ley Nacional Nª 23427 de Educación y Promoción Cooperativa, norma a la cual se adhirió la Provincia de La Pampa a través de a Ley Nº 1481;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada actuante ante el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos;

 

POR ELLO:

 

EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

 

Artículo  1°.-Aprúebase  el Programa   Provincial   de   Asistencia,   Fortalecimiento   y Capacitación  de  Cooperativas  y  Mutuales  el  que  como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.

 

Artículo  2°.- La  Autoridad  de  Aplicación  del  Programa será   el   Ministerio   de   Gobierno,   Justicia   y   Derechos Humanos  a  través  de  la  Subsecretaría  de  Cooperativas  y Mutuales.

 

Artículo 3°.- Facúltese a  la     Subsecretaría     de Cooperativas  y  Mutuales  a  establecer  de  forma  objetiva  y en  virtud  de  las  necesidades  que  sean  detectadas;  las Cooperativas   y   Mutuales   que   ingresarán   al   Programa Provincial, como así también la asistencia y/o capacitación que se les brindará.

 

Artículo 4°.-Apruébense el modelo de Acta de Adhesión al  Programa  y  los  modelos  de  Convenios  a  suscribir  con reparticiones,   organismos,   instituciones,   profesionales, técnicos   y/o   idóneos   para   cumplir   conel   objeto   del Programa  Provincial,  que  como  Anexos  II,  III,  IV  y  V forman parte integrante del presente Decreto.

 

Artículo  5°.-Facúltese al Señor Ministro  de  Gobierno,  Justicia  y  Derechos    Humanos,    a suscribir  los  convenios  cuyos  modelos  fueron  aprobados por el artículo anterior, y en consecuencia a contratar en el marco  del  presente  Programa,  los  servicios  necesarios  a cargo  de  profesionales  y/o  técnicos  y/o  personas  idóneas, para la regularización y/o fortalecimiento institucional  y/o capacitación  y/o para  la  elaboración  y/o puesta en  marcha de  proyectos  vinculados  al  desarrollo  del  objeto  de  la entidad  y/o  cualquier  otra  que  fuera  menester  para  el cumplimiento   de   los   fines   del   presente   Programa,   de acuerdo   a   la   necesidad   concreta   de   cada   solicitante siempre que se adecúen a las pautas generales.

Texto dado por Decreto Nº 3647-2021

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 2824-2020: Artículo 5º.-Facúltese  al  Señor  Ministro  de  Gobierno, Justicia  y  Derechos  Humanos,  a  suscribir  los  Convenios con reparticiones, organismos, instituciones, profesionales, técnicos   y/o   idóneos   para   cumplir   con   el   objeto   del Programa  Provincial,  que  como  Anexos  II,  III,  IV  y  V cuyos modelos se aprueban por el artículo precedente.

 

Artículo  5  BIS:  Establécese  que  las  contrataciones  con profesionales  y/o  técnicos  y/o  personas  idóneas  y/o  con instituciones  y/u  organismos  que  efectúe  el  Ministerio  de Gobierno,  Justicia  y  Derechos  Humanos,  a  través  de  la Subsecretaría  de  Cooperativas  y  Mutuales  con  motivo  de implementar   el   presente   Programa,   tendrán   carácter individual  y  específico  y  la  erogación  que  se  genere  no será  considerada  una  misma  contratación,  toda  vez  que cada una de ellas tiene vinculación directa e inmediata con la  finalidad  o  el  destino  particular,  no  pudiendo  por  ello ser consideradas bajo un mismo objeto contractual.

Texto incorporado por Decreto Nº 3647-2021

 

 

Artículo 6°: Autorizase al Ministro de Gobierno y Asuntos Municipales, a efectuar contrataciones de forma directa en el marco del presente Programa, hasta la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), constituyendo dicho importe el límite para cada necesidad. Quedan exceptuadas de esta limitante las operaciones que se realicen con reparticiones públicas nacionales, provinciales, municipales o entidades que en dichos estados tengan participación mayoritaria en su Administración o Capital.

Texto dado por Decreto N° 3471-2024.-

 

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 144-2023

Articulo 6°:Autorizase   al   Señor Ministro  de  Gobierno,  Justicia  y  Derechos  Humanos,  a efectuar  contrataciones  de  forma  directa  en  el  marco  del presente  Programa, hasta la suma de PESOS QUINIENTOS   MIL $   500.000,00 constituyendo dicho importe  el límite para cada necesidad. Quedan exceptuadas   de   ésta   limitante   las   operaciones   que   se realicen con reparticiones públicas nacionales, provinciales,  municipales   o   entidades   en   que   dichos estados tengan participación mayoritaria en su Administración o Capital.

 

Texto anterior dado por Decreto Nº 2824-2020.

Artículo  6°.-Autorizase  al  Señor  Ministro  de  Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a efectuar contrataciones de forma  directa  en el  marco del presente  Programa, hasta  la suma  de  $250.000,00,  constituyendo  dicho  importe  el límite  para  cada  necesidad.  Quedan  exceptuadas  de  ésta limitante las operaciones que se realicen con reparticiones públicas nacionales,  provinciales,  municipales o entidades en que  dichos estados tengan  participación  mayoritaria  en su Administración o Capital.

 

Artículo 7º.- El gasto que demande la ejecución del rpesente Programa será atendido con cargo a la partida: Jurisdicción "D" - Unidad de Organización 30 -Cuenta 1- Carácter 0 - Finalidad y Función 490 -01-030-06-07-01-097-1262-OTROS-LEY 23.427- Fondo Cooperativo del presupuesto vigente.

 

Artículo 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno Justicia y Derechos Humanos.

 

Artículo 9º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a sus efectos. 

 

ANEXO I

 

Programa Provincial de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación para Cooperativas y Mutuales.

 

 

Artículo 1º.- El Programa Provinical de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación para Cooperativas y Mutuales, tiene por objetivo principal, contribuir a la organización de las entidades beneficiarias, promocionandolas como actores de la economía, impulsando el desarrollo las capacidades sociales, institucionales, empresariales y personales; aportar a la innovación y a la mejora competitiva a través de herramientas que permitan mejorar áreas estratégicas, brindar asistencia y/o capacitación adaptada a las necesidades de cada Cooperativa y/o Mutual; favoreciendo el posicionamiento de estas empresas sociales a través d ela mejora de su desempeño social, productivo y económico.-

El Programa Provinical de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación, contempla entre sus beneficios los de Asistencia Económica, Técnica y de Capacitación.

 

Artículo 2º.- Para lograr tales objetivos se brindará asistencia y/o capacitación destinada al fortalecimiento de diferentes áreas tales como: Cooperativismo y Mutualismo, Gestión y Administración, Organización de la Producción, Desarrollo Comercial, Estrategias de Comunicación, Innovación y Diseño de productos y/u otras que se requieran de aceurdo a las necesidades, pudiendo de dentro de cada área, definirse temas específicos.

 

Artículo 3º.- Los destinatarios del Programa son todas las Cooperativas y Mutuales que cuenten con matricula nacional y que se encuentren debidamente inscriptas y registradas por ante la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales de la provinica de La Pampa.

 

Artículo 4º.- La Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales realizará un relevamiento de necesidades de las entidades destinatarias a los fines de determinar los contenidos sobre los que corresponda la asistencia y/o capacitación. Podrán organizarse por grupos de Cooperativas y Mutuales por rubro y/o área geográfica y/o intereses y/o lo que se defina para una mejor implementación de los beneficios.

 

Artículo 5º.- A los fines del cumplimiento de los objetivos de este programa podrán celebrerse Convenios de Colaboración con reparticiones públicas nacionales, provinciales, municipales, entidades en que dichos estados tengan participación mayoritaria en su Administración o Capital y con Instituciones privadas. También se podrán celebrar Contratos de Locación de Servicios, con profesionales, técnicos y/o idóneos y todo aquel acto administrativo necesario para la consecución de los fines del Programa.

 

Artículo 6º.- La asistencia Económica implica un aporteno reintegrable para afrontar total o parcialmente los gastos que se generen en los procesos de regularización  y de vigencia de funcionamiento legal de las Cooperativas y Mutuales o los gastos que demande la ejecución del Programa en cualquier modalidad, conforme lo establezca en cada caso la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales.

La asistencia podrá realizarse de forma directa por la Autoridad de Aplicación a las Cooperativas y Mutuales adheridas al Programa con el cargo de la pertinente rendición, o afrontar directamente el gasto bajo las cosntancias pertinentes.

 

Artículo 7º.- La subsecretaría de Cooperativas y Mutuales determinará según corresponda, la modalidad y duración de la asistencia y/o capacitación que se brindará, pudiendo incluso programarse capacitaciones y/o jornadas individuales y/o grupales, presenciales y/o virtuales.

 

Artículo 8º.- La incorporación al Programa por parte de las Cooperativas  y Mutuales, implicará la presentación de una solicitud a tales efectos, mencionando la necesidad a satisfacer. Dicha petición será evaluada por la Subsecretaría de Cooperativa y Mutuales comunicando en caso la decisión adoptada.

 

Artículo 9º.-  Aceptada la solicitud, la incorporación de la entidad al Programa, se formalizará a través de la suscripción de un Acta de Adhesión que implica la aceptación de todos los términos y condiciones del Programa.

 

Artículo 10º.- Las Cooperativas y Mutules también podrán ingresar al Programa, por incentivo de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales, debiendo suscribir la pertinente Acta de Adhesión que implicará la aceptación de los términos y condiciones al Programa.

 

Artículo 11º.- La referida Acta de Adhesión, teniendo en cuenta el principio dinámico de las beneficiarias, se renovará por cada asistencia económica, técnica y/o capacitación que se brinde.

 

Artículo 12º.- La subsecretaría de Cooperativas y Mutuales, dictará los actos administrativos pertinentes para una mejor y eficiente implementación del Programa, siendo facultad del Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, suscribir los convenios y/o actas necesarias.

 

ANEXO II

 

ACTA DE ADHESIÓN

 

Por la presente, "(cooperativa o mutual).............................................", Matricula Nacional Nº...........Registro Provincial Nº..................con domicilio en........................representada por su Presidente  "(nombre y DNI)......................." requiere la incorporación como beneficiaria, al PROGRAMA PROVINCIAL DE ASISTENCIA, FORTALECIMIENTO Y CAPACITACIÓN DE COOPERATIVAS Y MUTUALES creado por Decreto Nº.........................................

 

A tales efectos pone de manifiesto con carácter de declaración jurada, que conocen acabadamente y aceptan las pautas y condiciones que regulan el PROGRAMA PROVINCIAL DE ASISTENCIA, FORTALECIMIENTO Y CAPACITACIÓN DE COOPERATIVAS Y MUTUALES.

 

Que conforme el objeto de esta (cooperativa/mutual)............................., es de nuestro interés recibir, de acuerdo a las modalidades que se prevean, la asistencia y/o capacitación que oportuna y en cada caso surja determinada por Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a través de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales.

 

Que asumiendo la calidad de destinatario - beneficiario del Programa se declara la aceptación y conformidad de los criterios, montos, conceptos y plazos allí establecidos, plasmando el compromiso de prestar la colaboración necesaria para el cumplimiento de los fines previstos en dicho programa.

 

Asimismo se pone de manifiesto que se pondrá a disposición de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales la documentación e información que se requiera en el marco del Programa.

 

En la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, a los...............días del mes de.............de..................se firman tres ejemplares de un mismo tener y a un solo efecto.

 

 

 

ANEXO III

 

CONVENIO DE COLABORACIÓN

 

 

Entre el Ministerio de Gobierno, justicia y Derechos Humanos, representado en éste acto por el Señor Ministro,.........................., denominado en adelante "EL MINISTERIO", y por la otra parte...................(organismo/institución), en adelante "LA COLABORADORA", representada en éste acto por su (cargo por el cual ejerce la representación)......................................(nombre del representante)..............................,acuerdan celebrar el presente convenio sujero a las siguientes cláusulas:

 

PRIMERA: en el marco del programa Provincial de Asistencia, fortalecimiento y capacitación para Cooperativas y Mutuales, creado por Decreto Nº............., las partes convienen en establecer relaciones entre ambas Instituciones para cooperar en el desarrollo de actividades relativas al bienestar de la comunidad en aras de la promoción y fortalecimiento de los principios del  cooperativos y mutualismo.

 

SEGUNDA: El Objeto de este acuerdo confomrma el esquema general en el que "EL MINISTERIO" y "LA COLABORADORA" pueden desarrollar actividades de intereses mutuos. En particular se prevé establecer la colaboración en la implementación y desarrollo de Programa Provincial de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación de Cooperativas y Mutuales aprobado por Decreto Nº...................................................

 

TERCERA: Las actividades alentadas por éste acuerdo, refieren a todas aquellas que se encuentran relacionadas con las practicas comunitarias y/o cualquier otra que tenga por fin asistir, en forma conjunta con la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales, dependiente del Ministerio de Gobierno, justicia y Derechos Humanos, a las Cooperativas y Mutuales, dotándolas de los conocimientos necesarios y/o prestando los servicios que se requieran para su buen funcionamiento y organización.

 

CUARTA: Por cada requerimiento en particular comunicado a "LA COLABORADORA" por parte de " EL MINISTERIO" a través de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales, en el marco del presente Convenio, se procederá a la suscripción de Convenios Complementarios Específicos e los que detallará el trabajo a realizar, el equipo de trabajo y demás detalles relativos al caso particular.

 

QUINTA: Cumplido y acreditado el trabajo de asesoramiento y/o capacitación y/o prestación del servicio y/o cualquier otro efectuado por parte de "LA COLABORADORA" a la/las Cooperativas y/o Mutuales, ésta solicitará mediante nota a "EL MINISTERIO" el correspondiente aporte de fondos en el marco del Programa Provincial de Asistencia, Fortalecimiento y Capacitación, los que serán efectivizados previa certificación de su cumplimiento.

 

SEXTA: Las partes acuerdan que el presente convenio regirá por el término de UN (1) año contado a partir de la fecha de suscripción, renovable automáticamente. Las parte se reservan el derecho de rescindir unilateralmente y sin necesidad de justificar los motivos del presente convenio, previa notificación en forma fehaciente a la otra, con una antelación de sesenta (60) días corridos. Las partes renuncian expresamente a cualquier tipo de indemnización emergente de la rescision unilateral del presente convenio.

 

SÉPTIMA: A todos los efectos, "EL MINISTRO" constituye domicilio en el Centro Cívico, 2º piso de la ciudad de santa Rosa, provinica de La Pampa y "LA COLABORADORA" en..........................., de la ciudad/localidad de......................,de la provincia de La Pampa, sometiéndose ambos a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa.

 

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, provinica de La Pampa, a los ......días del mes de ...............................................

 

 

ANEXO IV

CONVENIO COMPLEMENTARIO.

 

 

Entre el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, representado en éste acto por el Sr. Ministro.......................denominado en adelante "EL MINISTERIO"; y por la otra parte  la .....................en adelante "LA COLABORADORA", representada en éste acto por su (cargo por el cual ejerce la representación)...............................,Sr./Sra...................................., en el marco de las condiciones establecidas en el "CONVENIO DE COLABORACIÓN" celebrado entre el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y"................................." suscripto en fecha......................en base al PROGRAMA PROVINICAL DE ASISTENCIA, CAPACITACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE COOPERATIVAS Y MUTUALES creado por Decreto Nº.....; acuerdan suscribir el presente Convenio Complentario sujeto además, a las siguientes cláusulas:

 

PRIMERA: Las partes acuerdan (capacitación/asistencia)..................................................................

 

SEGUNDA: La actividad especificada en la cláusula primera tendrá como contenido el siguiente:................estará a cargo de...................................(datos personales/equipo). Será destinado a (Cooperativas y Mutuales en general o una en particular).................con el objeto de............................

 

TERCERA: La (capacitación/asistencia técnica) se desarrollará en als instalaciones de...................comprendiendo un plazo de..................con una carga horaria de.................................

 

CUARTA: Se establece que la presente actividad de (capacitación/assitencia técnica) tiene un costo total de PESOS.........................($..............), el que será abonado por el "EL MINISTERIO" en la cuenta Nº...............................CBU....................................perteneciente a.........................Dicho pago podrá efectuarse en forma parcial o total dependiendo de la modalidad acordada; en todos los casos, se efectuará dentro de los treinta (30) días de haberse acreditado y certificado el cumplimiento parcial o total según corresponda. Solo se abonarán los gastos debidamente rendidos y documentados.

 

QUINTA: "EL MINISTERIO" a través de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales, será parte de la organización conforme los lineamientos acordados en el planeamiento de la actividad de (asistencia/capacitación).

 

SEXTA: Los servicios contratados, bajo ninguna circunstancia implican relación de dependencia ni constitución de vínculo de empleo público.

 

SEPTIMA: a todos los efectos, "EL MINISTERIO" constituye domicilio en el Centro Cívico, 2º piso de la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa y "LA COLABORADORA" en ....., de la ciudad/localidad de.............., de la provinica de La Pampa, sometiéndose ambos a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Santa rosa, provincia de La Pampa.

 

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y aun sólo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, provinica de La Pampa, a los.........días del mes de............... de...................................

 

 

 

ANEXO V

CONVENIO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

 

 

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los.....del mes de ......................de............., entre el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, representado en éste acto por Señor Ministro.................., en adelante denominado "EL MINISTERIO" y......................, DNI. Nº...........................en adelante "EL PROFESIONAL", acuerdan celebrar el presente convenio establecido en el marco del Programa Provincial de Asistencia, Fortalecimiento y capacitación de Cooperativas y Mutuales, aprobado por Decreto Nº---------------, de conformidad con las siguientes cláusulas:

 

PRIMERA: "EL PROFESIONAL", se obliga a (objeto-asistencia/capacitación-beneficiarios).

 

SEGUNDA: "EL PROFESIONAL" prestará los servicios contratadas sin que los mismos impliquen relación de dependencia ni constitución de vínculo de empleo público. El presente convenio es de carácter personal e intransferible.

 

TERCERA: "EL PROFESIONAL" por la prestación de los servicios encomendados percibirá la suma total de PESOS........................($.............) pagaderos bajo la siguiente modalidad..................(un pago/etapas), una vez efectuada la/s pertinentes/s certificacion/es (parcial/total según corresponda) del cumplimiento de las tareas encomendadas por parte del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a través de la Subsecretaría de Cooperativas y Mutuales.

 

CUARTA: "EL PROFESIONAL" se obliga a mantener al día sus obligaciones fiscales y tributarias, emitiendo las constancias de ley, quedando a su exclusivo cargo las obligaciones derivadas de las leyes arancelarias emergentes del presente contrato, quedando "EL MINISTERIO" relevado de cualquier obligación fiscal.

 

QUINTA: "EL PROFESIONAL", se obliga a responder personalmente por los daños y perjuicios, que pudieran surgir como consecuencia de su labor profesional.

 

SEXTA: Las partes acuerdan que el presente convenio deberá ser ejecutado en el término máximo de.........(........) días/meses contados a partir de la fecha de suscripción.

 

SEPTIMA: "EL MINISTERIO" se reserva el derecho de rescindir unilateralmente y sin necesidad de justificar los motivos, el presente convenio, previa notificación en forma fehaciente a la otra, con una antelación de sesenta (60) días corridos. "EL PROFESIONAL" renuncia expresamente a cualquier tipo de indemnización emergente de la rescisión unilateral del presente convenio.

 

OCTAVA: A todos los efectos, "EL MINISTERIO" constituye domicilio Centro Cívico 2º piso de la ciudad de Santa Rosa y "EL PROFESIONAL" en...................de la ciudad/localidad de....................,sometiéndose ambos a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa.

 

En prueba de conformidad, en la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, a los..........días del mes de ...............de.........., se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.